Federación, Regionales
Seguridad Social: Ministros de Culto
Enero 10, 2008 por Francisco Portillo · Leave a Comment
Desde el 1 de enero de 2008 está en vigor el Real Decreto que modifica los términos y condiciones de inclusión en el Régimen de la Seguridad Social de los Ministros de Culto. Desde 1999, cuando por primera vez se incluyó a los Ministros de Culto en el Régimen de la Seguridad Social, y hasta ahora, la cotización de los Ministros de Culto ha sido la correspondiente al salario mínimo interprofesional. Según el nuevo Real Decreto, los Ministros de Culto cotizarán por la totalidad de la asignación percibida. Aquellos que deseen más información pueden descargar aquí, el cuaderno informativo que Mariano Blázquez, Secretario Ejecutivo de FEREDE, ha elaborado sobre este asunto.

